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Reforma de Ley de Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos

junio 20, 2024
Noticias

Mediante Decreto Legislativo No. 923, del 3 de enero de 2024, publicado en el Diario Oficial No. 6, del 10 de enero de 2024, y que entró en vigencia 8 días posteriores a su publicación, se aprobaron reformas a la Ley de Hidrocarburos, que fue publicada en el Diario Oficial No. 52 del 17 de marzo de 1981. A partir de estas reformas, la ley pasó a llamarse “Ley de Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos”.

Esta Ley se reformó con el objetivo de incentivar la inversión, la exploración y explotación de los hidrocarburos, sin erogación de fondos del Estado, mediante la innovación de la adjudicación de contratos a personas naturales o jurídicas interesadas en invertir en dicho sector, así como, el descubrimiento de petróleo y de gas natural en el país o datos geológicos y geofísicos indispensables para la formulación de planes y de políticas que promuevan el sector de hidrocarburos.

Novedades más relevantes de la reforma:

Contrato de inversión: es una nueva forma de contratación que se añadió a la Ley. Dentro de sus aspectos más importantes se pueden mencionar:

  • ⁠El contrato de inversión es aquel por el cual una persona, natural o jurídica, se obliga a efectuar, bajo su propia cuenta costo y riesgo, operaciones o actividades científicas como investigaciones relacionadas a las actividades hidrocarburíferas exploratorias que permitan obtener información para la formulación de políticas o planes en materia hidrocarburífera.
  • Se estableció una modalidad especial de los contratos de inversión llamada “contrato de inversión modalidad multicliente”. Este es un contrato celebrado entre la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) y una persona natural o jurídica, mediante el cual se le otorga al contratista un derecho exclusivo de comercializar datos crudos obtenidos durante la actividad de investigación y recopilación de información del sector de hidrocarburos. De los ingresos generados por la comercialización de la información recabada en las distintas actividades de investigación, se deberá entregar a la CEL el porcentaje establecido en el contrato.
  • Licencia de datos: la CEL otorgará a los inversionistas contratados mediante el contrato de inversión modalidad multicliente una licencia de datos, la cual le permitirá comercializar los datos y la información elaborada mediante las investigaciones realizadas.

Proceso de adjudicación de los contratos de inversión: se creó la Sección II, denominada “Del proceso de contratación y adjudicación de los contratos de inversión”, en el cual se desarrolla el proceso siguiente:

  • ⁠Licitación: la CEL creará una base de datos en la cual ingresará información relevante como cifras financieras, geológicas, mapas de ubicación, entre otra información de relevancia técnica, con el fin de informar a las personas interesadas en participar en el proceso de adjudicación, siguiendo el proceso que la ley determina.
  • Contratación directa: la Ley habilitó a la CEL para realizar contrataciones directas, siempre y cuando se realice una resolución debidamente motivada.

La reforma entró en vigencia el 18 de enero de 2024.

Fuente: LEXOLOGY y La Asamblea Legislativa de El Salvador.

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